Orden de la Consejería de Educación por la que se fijan los servicios mínimos con ocasión de la huelga convocada para el día 14 de noviembre de 2012. 

  • Para todos los centros docentes: Director y Jefe de Estudios.
  • En centros ordinarios que atiendan a alumnos con necesidades educativas especiales: Además de los establecidos con carácter general para todos los centros, un profesor de las especialidades de Educación Especial por cada 50 alumnos con dichas necesidades o fracción.

Recordamos que los alumnos que no vayan a acudir al comedor el día 14 de noviembre, deben comunicarlo antes del recreo de mañana lunes día 13 de noviembre de 2012. En todo caso, el servicio de comedor en los centros de secundaria no está contemplado entre los servicios mínimos.

En tanto en cuanto el hecho de secundar la huelga está sujeto a la decisión personal de cada docente es imposible prever que tanto las clases como los períodos de guardia puedan desarrollarse con normalidad. Únicamente podemos avanzar que el instituto debe permanecer abierto es su hora-rio oficial, si bien no se puede garantizar que se vayan a poder impartir las clases.

Por otra parte, se advierte que los alumnos que ingresen en el mismo no podrán abandonarlo salvo que se cumplan algunas de las condiciones recogidas en el Reglamento de Régimen Interno.

Grupos de alumnos de 3º ESO o cursos superiores que han manifestado su intención de participar en la huelga:

Con respecto a la huelga de alumnos, el artículo 8 de la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación, indica que «a fin de estimular el ejercicio efectivo de la participación de los alumnos en los centros educativos y facilitar su derecho de reunión, los centros educativos establecerán, al elaborar sus normas de organización y funcionamiento, las condiciones en las que sus alumnos pueden ejercer este derecho. En los términos que establezcan las Administraciones educativas, las decisiones colectivas que adopten los alumnos, a partir del tercer curso de la educación secundaria obligatoria, con respecto a la asistencia a clase no tendrán la consideración de faltas de conducta ni serán objeto de sanción, cuando éstas hayan sido resultado del ejercicio del derecho de reunión y sean comunicadas previamente a la dirección del centro».

Por tanto, esta convocatoria de huelga de alumnos afecta únicamente a los alumnos a partir de 3º de ESO. Los grupos que han cumplido con los requisitos del artículo 4.13 del RRI son:

  • 4º de ESO completo.
  • 1º de Bachillerato A, B, C y E.
  • 2º de Bachillerato completo.

Los profesores pasarán lista para que el sistema comunique la falta por SMS, y a continuación se reflejará la justificación de la falta en aquellos grupos que han cumplido con las exigencias del Reglamento de Régimen Interior y el artículo anteriormente señalado.

Independientemente, aquellos que no quieran secundar la huelga podrán acudir al centro como cualquier otro día, teniendo derecho a que se imparta la clase con normalidad.