Transcurrido el plazo legal para el que fueron elegidos algunos miembros del Consejo Escolar de este Instituto, se debe proceder a la RENOVACIÓN PARCIAL del mismo, según se establece en el Real Decreto 83/1.996 de 26 de Enero (B.O.E. 21 de Febrero) por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de los Institutos de Educación Secundaria y en la Orden Ministerial de 28 de Febrero de 1.996 (B.O.E. 5 de Marzo) por la cual se dictan las normas que regulan la elección y constitución de los Consejos Escolares de los Centros Públicos de Educación Secundaria.
La composición del Consejo Escolar según el Reglamento Orgánico de los Institutos de Enseñanza Secundaria (R.D. 83/96 de 26 de Enero), es la siguiente:
La composición del Consejo Escolar según el Reglamento Orgánico de los Institutos de Enseñanza Secundaria (R.D. 83/96 de 26 de Enero), es la siguiente:
- Director
- Jefe de Estudios
- Concejal o Repres. Ayuntamiento
- Profesores: 7
- Padres: 3 (uno designado por la A.M.P.A.)
- Alumnos: 4
- Personal no docente: 1
- Secretario: 1 (con voz pero sin voto)
- Total: 19
Los miembros del Consejo Escolar serán renovados por mitades cada dos años, de forma alternativa. En esta ocasión, nos corresponde renovar la PRIMERA MITAD que consta de:
- 4 Profesores.
- 1 Padre/madre.
- 2 Alumnos.
Además, se cubrirán las vacantes en todos los sectores surgidas desde la última renovación.
Serán electores y elegibles (siempre que se hayan presentado como candidatos) todos los miembros de la Comunidad Educativa, cada uno en el sector al que pertenezca. El derecho a elegir y ser elegido corresponde tanto al padre como a la madre o, en su caso, a los tutores legales.
La organización del procedimiento de elección de los miembros del Consejo Escolar recae en la Junta Electoral, compuesta por: el Director del Centro, que será su presidente, un padre o madre, un profesor/a, un alumno/a y un representante del personal de Administración y Servicios, éstos últimos cuatro, elegidos mediante sorteo entre los componentes del censo.
La Junta Electoral, constituida el día 27 de octubre de 2014, ha elaborado el siguiente calendario:
Serán electores y elegibles (siempre que se hayan presentado como candidatos) todos los miembros de la Comunidad Educativa, cada uno en el sector al que pertenezca. El derecho a elegir y ser elegido corresponde tanto al padre como a la madre o, en su caso, a los tutores legales.
La organización del procedimiento de elección de los miembros del Consejo Escolar recae en la Junta Electoral, compuesta por: el Director del Centro, que será su presidente, un padre o madre, un profesor/a, un alumno/a y un representante del personal de Administración y Servicios, éstos últimos cuatro, elegidos mediante sorteo entre los componentes del censo.
La Junta Electoral, constituida el día 27 de octubre de 2014, ha elaborado el siguiente calendario:
- Constitución de la Junta Electoral; aprobación del Censo Electoral y publicación provisional: 27 de octubre de 2014.
- Apertura de la presentación de Candidaturas: 29 de octubre de 2014.
- Cierre del periodo de presentación de Candidaturas: 6 de noviembre de 2014, a las 14:00 horas.
- Cierre del periodo de reclamación al Censo Electoral: 6 de noviembre de 2014, a las 14:00 horas.
- Publicación de la lista provisional de Candidatos: 7 de noviembre de 2014.
- Plazo de presentación de reclamaciones a la lista provisional de Candidaturas: Hasta el 11 de noviembre de 2014, hasta las 14:00 horas.
- Publicación de los listados definitivos de Candidaturas y de los censos: 13 de noviembre de 2014.
Constitución de las mesas electorales y celebración de las elecciones.
- Sector de profesores/as: 17 de noviembre, a las 11:05 horas.
- Sector de padres/madres de alumnos/as: 18 de noviembre, entre las 16 horas y las 18 horas.
- Sector de alumnos/as: 20 de noviembre, a partir de las 9:20 horas.
- Sector de personal de Administración y Servicios: 18 de noviembre, de 14:30 a 15:00 horas.
Proclamaciones de candidatos: 24 de noviembre de 2014.
Contra las decisiones de dicha Junta se podrá interponer recurso ordinario ante el Director del Área Territorial Madrid-Sur, cuya resolución pone fin a la vía administrativa. La Junta Electoral aprueba también el modelo de papeleta. Igualmente procede por sorteo a la elección de las distintas mesas electorales: la de padres y la de alumnos.
Los que así lo deseen podrán recurrir al voto por correo cuyo mecanismo será el siguiente: se deposita el voto en un sobre pequeño, que, unido a una fotocopia del DNI o pasaporte, será introducido en un sobre mayor, igualmente cerrado, y remitido o entregado en la Secretaría del Centro. Serán válidos los votos llegados antes de las 14:00 horas del 18 de noviembre. Para ello, se podrán recoger las papeletas en la Secretaría del centro los días 13 y 14 de noviembre de 2014.
Aprovechamos esta circular para animar a todos los miembros de esta Comunidad Educativa a que participen en este proceso, bien como candidatos, bien como votantes, bien como candidatos y votantes al mismo tiempo.
Contra las decisiones de dicha Junta se podrá interponer recurso ordinario ante el Director del Área Territorial Madrid-Sur, cuya resolución pone fin a la vía administrativa. La Junta Electoral aprueba también el modelo de papeleta. Igualmente procede por sorteo a la elección de las distintas mesas electorales: la de padres y la de alumnos.
Los que así lo deseen podrán recurrir al voto por correo cuyo mecanismo será el siguiente: se deposita el voto en un sobre pequeño, que, unido a una fotocopia del DNI o pasaporte, será introducido en un sobre mayor, igualmente cerrado, y remitido o entregado en la Secretaría del Centro. Serán válidos los votos llegados antes de las 14:00 horas del 18 de noviembre. Para ello, se podrán recoger las papeletas en la Secretaría del centro los días 13 y 14 de noviembre de 2014.
Aprovechamos esta circular para animar a todos los miembros de esta Comunidad Educativa a que participen en este proceso, bien como candidatos, bien como votantes, bien como candidatos y votantes al mismo tiempo.
EL DIRECTOR