Código de centro: 28044719 - Tlfn: 91 664.14.07

 Sigue al IES Rayuela en facebook e Instagram (@iesrayuela)

Acceso al Blog del IES Rayuela de Móstoles
Pulsa en la imagen
Acceso a Artes en el IES Rayuela de Móstoles
Pulsa en la imagen

Se están entregando a través del Registro del IES Rayuela carta de los Delegados del centro indicando su intención de participar en la Huelga convocada por el Sindicato de Estudiantes el día 10 de mayo de 2018.

Con respecto a la huelga de alumnos, el artículo 8 de la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación, indica que «a fin de estimular el ejercicio efectivo de la participación de los alumnos en los centros educativos y facilitar su derecho de reunión, los centros educativos establecerán, al elaborar sus normas de organización y funcionamiento, las condiciones en las que sus alumnos pueden ejercer este derecho. En los términos que establezcan las Administraciones educativas, las decisiones colectivas que adopten los alumnos, a partir del tercer curso de la educación secundaria obligatoria, con respecto a la asistencia a clase no tendrán la consideración de faltas de conducta ni serán objeto de sanción, cuando éstas hayan sido resultado del ejercicio del derecho de reunión y sean comunicadas previamente a la dirección del centro».

Esta convocatoria de huelga de alumnos afecta únicamente a los alumnos a partir de 3º de ESO (solo para los grupos han cumplido con los requisitos del artículo 4.13 del RRI):

  • Para los grupos que no hayan cumplido los trámites que se indican en el RRI (B1C):.Las faltas que se produzcan esos días serán "no justificadas", salvo justificación por parte de las familias por enfermedad, visita médica, o cualquiera de las razones que se indican en el propio RRI.
  • Para los grupos que hayan realizado todos los trámites y hayan acordado la participación en la huelga (el resto de grupos a partir de 3º de ESO):
    Los profesores pasarán lista para que el sistema comunique la falta por SMS, y a continuación se reflejará la justificación de la falta en aquellos grupos que han cumplido con las exigencias del Reglamento de Régimen Interior y el artículo anteriormente señalado.

Independientemente, aquellos que no quieran secundar la huelga podrán acudir al centro como cualquier otro día, teniendo derecho a que se imparta la clase. Sin embargo, una vez se haya accedido al centro, no se podrá alegar motivo de huelga para poder salir antes de la finalización del horario lectivo.

Últimas descargas

Protocolo de comunicaciones entre alumnos/as, familias y profesores.

Plan Digital del Centro, elaborado como guía para abordar los retos tecnológicos a los que nos ...

Este es el Reglamento de Régimen Interior, la normativa interna del centro.

Proyecto Educativo del Centro. Este documento expresa cuáles son nuestros valores y objetivos p...